Requisitos para Permisos de Ingreso al País
Por este trámite se solicita el ingreso y permanencia de extranjeros residentes en el exterior.-
La Dirección Nacional de Migraciones emite un Permiso de Ingreso que debe ser presentado por los ingresantes ante el consulado argentino con jurisdicción sobre su habitual lugar de residencia.
Con dicho permiso, se gestiona ante el consulado la visa para poder ingresar al país, en la categoría migratoria autorizada.
Una vez tramitada la visa y producido el ingreso al país de los extranjeros, quedan automáticamente radicados, pudiendo tramitar –encaso de corresponder – su DNI ante el Registro Nacional de las Personas.
Toda la documentación deberá presentarse en original y copia simple o con copia certificada por escribano (si el escribano no es de Capital Federal, la firma de èste deberà encontrarse legalizada pro el Colegio de escribanos de la provincia que corresponda).
Toda documentación emitida en el exterior deberá presentarse visada por el consulado argentino del país emisor o con sello de Apostilla de la Convención de La Haya.-
Toda la documentación emitida en idioma distinto del español deberá presentarse traducida por traductor público nacional, con firma certificada por el colegio de traductores (Av. Corrientes 1834 C1022AAC Buenos Aires -Tel/Fax : 4373-7173)
Libro de Quejas a disposición del público.
Tasa migratoria de $200 (doscientos pesos)
en efectivo, por persona
Quedan exceptuados del pago de esta tasa:
* Los menores de 16 (dieciséis) años que se radiquen conjuntamente con sus padres
* Los asilados o refugiados
* Los que acrediten su estado de pobreza, debiendo acompañar el correspondiente certificado de indigencia expedido por autoridad competente (Registro Civil, Juzgado de Paz, etc.)
* Los que inicien trámite en razón de su condición de integrantes de ordenes religiosas catolicas reconocidas en el país (Decreto N° 1207/89)
* Los trámites correspondientes al Convenio Laboral Argentino - Chileno
Para Consultar los requisitos de: - Para Artistas / deportistas - Para convenio laboral argentino - chileno - Para empresarios - Para estudiantes - Para intercambio estudiantil - Para inversionistas - Para invitaciones por negocios - Para reagrupación familiar - Para religiosos - Ppara rentistas / pensionados - Para representantes de emp. extranjeras - Para trabajadoresVisite http://www.mininterior.gov.ar/migraciones/permisos.asp
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