Ingreso y Egreso de Menores “extranjeros” en Argentina
Ingreso:
Necesitan autorización escrita de ambos padres o de quien ejerza la patria potestad los menores de menores de 14 años (cualquiera sea su nacionalidad o motivo del viaje) siempre que ingresen solos o sin estar acompañados por alguno de los padres y no sean aguardados por alguno de éstos a su llegada a la Republica.
Cuando el menor ingresa en compañía de terceros, en la autorización debe constar los datos personales (apellido y nombre, tipo y número de documento, y domicilio real) de quien lo acompaña, o de quien lo estará aguardando si no fueran sus padres.
En todos los casos deberá presentarse la partida de nacimiento del menor. La partida deberá presentarse en original y, si fuesen estadounidenses, legalizada con la “Apostille” de la Convención de La Haya, y traducidas al español.
Egreso:
No necesitan autorización para salir del territorio argentino los extranjeros que viajaron a Argentina por turismo.
¿Donde puedo obtener la “Apostille”?
Visite: http://travel.state.gov/family/family_issues/divorce/divorce_591.html
Más inf: Consulado General y Centro de Promoción de la República Argentina en Nueva York
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