El monto será reintegrado en efectivo al momento de la salida del país, o mediante giro a su domicilio del exterior o acreditación en su tarjeta de crédito previa verificación de la documentación pertinente por el personal aduanero.
Fuente: Art. 5 RG 381/99
Visite nuestro Blog de Bs As: http://argentina-taxis.blogspot.com
Visite nuestra Web: :http://argentina.taxis.googlepages.com/
0 comentarios:
Publicar un comentario